Camara de DiputadosPolíticaPortada

Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, reformas a la Ley Minera

** El documento fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, con cambios, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera, remitida por el titular del Ejecutivo Federal, el domingo 17 de abril, y a la cual se le dispensaron todos los trámites.
Con 275 votos a favor, 24 en contra y 187 abstenciones, se avaló, en lo particular, el documento y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna informó que los grupos parlamentarios de Morena y PT solicitaron que las reservas que habían presentado se inscribieran en el Diario de los Debates.
Salvo, dijo, la formulada por el diputado Mario Rafael Llergo Latournerie (Morena), a nombre propio y a nombre del diputado Gerardo Fernández Noroña (PT) y del diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (Morena), sobre los artículos 1, 5, 10 y la adición de un artículo 5 Bis al proyecto de decreto.

Reserva aceptada
Jornada legislativa, aliento y poder soberano a la nación
Durante la discusión en lo particular, se aceptó la reserva presentada por el diputado Mario Rafael Llergo Latournerie (Morena) y suscrita por los diputados Moisés Ignacio Mier Velazco (Morena) y Gerardo Fernández Noroña (PT), para modificar el artículo 1, eliminar las fracciones VII, VIII, IX y X del artículo 5, quedando el mismo en los términos de la ley vigente; adicionar un artículo 5 Bis, y modificar el primer y tercer párrafo del artículo 10 de la iniciativa que reforma y adiciona diversos preceptos de la Ley Minera.
El diputado Llergo Latournerie señaló que en “la jornada legislativa de este día vamos a dar aliento y poder soberano a la nación y pueblo mexicano; lo haremos con eficiencia y planeación, con sentido estratégico y plena soberanía financiera y técnica”.
Refirió que el proyecto de nación es “soberano, independiente, democrático, popular, pero sobre todo nacionalista”. Dijo: “tenemos bien puesta nuestra visión en el presente y el futuro de la patria y del pueblo, un presente y un futuro donde el pueblo es soberano y tiene poder, donde el Estado nacional es un Estado social y soberano que no se achica y no está en manos ni al servicio de los intereses y capital extranjeros”.
En el artículo 1 se señala que la aplicación de la ley corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía, salvo lo relativo a la exploración, explotación, “beneficio” y aprovechamiento del litio, que quedará a cargo del organismo público descentralizado a que se refiere el artículo 10 de esta ley.
Se adiciona un artículo 5 Bis para establecer que se declara de utilidad pública el litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de litio.
Precisa que se reconoce que el litio es patrimonio de la nación y su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento se reservan en favor del pueblo de México. Las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por el Estado a través del organismo público señalado en el artículo 10 de esta ley.
El Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo público descentralizado encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio.
En la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas.
Mientras que en el primer párrafo del artículo 10, se precisa: con excepción del litio y demás minerales declarados como estratégicos por el “Estado”, en términos de los artículos 27 y 28 constitucional.
En su tercer párrafo se indica que la exploración, explotación, “beneficio” y aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado, y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables. El cumplimiento de la legislación y tratados internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas será escrupuloso por parte de dicho organismo público.
Las reservas presentadas por las diputadas y los diputados de MC, Mirza Flores Gómez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Salomón Chertorivski Woldenberg, Manuel Jesús Herrera Vega, José Mauro Garza Marín y Julieta Mejía Ibáñez, no fueron admitidas a discusión, por lo que se desecharon

Related posts
InternacionalPortada

Trump dialogará a distancia con asistentes al Foro de Davos tras asumir el poder

El presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump, participará virtualmente la próxima semana…
Read more
ESTADOSPortada

Productor de limón muere tras explosión de mina artesanal en Apatzingán, Michoacán

Un productor de limón y profesor rural murió tras el estallido de un artefacto explosivo…
Read more
CDMXPortada

Alerta Amarilla por frío en sesis alcaldías de la CDMX

La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC) emitió una alerta…
Read more